La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, remitió a las 32 Legislaturas de los Estados, las reformas y adiciones a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para efectos de su aprobación de los Congresos Locales y posteriormente serán remitidas al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para su correspondiente promulgación y publicación.
La iniciativa constitucional, fue a propuesta de la mayoría de las legisladoras tanto de la Cámara de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, llamándose a esta iniciativa “TRES DE TRES”, en donde casi todos los legisladores estuvieron de acuerdo con dicha propuesta y la aprobaron en sus términos.
La iniciativa aprobada, reformó los artículos 38 y 102 de nuestra Carta Magna, con el fin de sancionar a aquellas personas que sean sentenciadas por delitos contra la violencia de género, delitos sexuales tal como la violación en sus diversas modalidades, además de que los deudores alimentarios o morosos, también serán suspendidos de sus derechos político electorales.
El artículo 38 de nuestra Constitución, en sus fracciones de la I a la VI, establece los supuestos en donde los derechos o prerrogativas de los Ciudadanos se pueden suspender (votar y ser votado) adicionándose una nueva fracción en donde se establece que la violencia de género, los delitos sexuales y los deudores alimentarios, también podrán ser objeto de suspensión de sus derechos políticos, de tal manera que no podrán tener ningún cargo de elección popular.
Aún más, también en el artículo 102 se prohíbe a las personas señaladas, a ocupar cargos o puestos públicos en el Gobierno Federal, como es el caso de la Fiscalía General de la República.
Esta reforma constitucional, da un ejemplo de lo que pueden hacer los Legisladores Mexicanos, cuando están de acuerdo en sus objetivos o fines y que las leyes que aprueben sean en beneficio de la colectividad.
Mujeres Legisladoras, se jactaron de esta reforma constitucional y señalaron en Tribuna que ningún violentador de género, violador o deudor alimentario podrá ejercer sus derechos políticos electorales, dando ejemplos de algunos personajes políticos conocidos en México.
Algunos Juristas Mexicanos, consideran que es injusto que los deudores alimentarios en general se les puedan suspender sus derechos políticos electorales, ya que existen ciertas personas (hombres y mujeres) que, por su condición social, no tienen un empleo fijo o son desempleados, lo que no contempla la reforma constitucional.
M.D. MIGUEL ÁNGEL TEJEDA ORTEGA.








