Al descartar que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias impliquen censura contra empresas de radio y televisión, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo destacó que cumplen el mandato del artículo 6° constitucional relativo al derecho a la información.
Recordó que este ordenamiento estipula que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, que el derecho a la información debe ser garantizado por el Estado y que toda persona puede ejercer el libre acceso a información plural y oportuna.
“Estamos cumpliendo con una exigencia ciudadana de hace muchos años, establecida hoy en la ley y puesta a consulta en los lineamientos para que se cumpla el derecho a la información.”
La primera mandataria mencionó que, durante décadas, la sociedad mexicana ha discutido qué hacer para que televidentes y radioescuchas puedan formarse un criterio a partir de saber cuando se trata de una opinión o de una noticia.
“No es el Estado, no es el gobierno, no es un mecanismo para el gobierno; es un mecanismo de la ciudadanía, de la audiencia.”
Por ello, la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión fue aprobada en 2025 en acuerdo con la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), cuyos integrantes participaron en el debate.
Además, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) sometió a consulta los Lineamientos por los Derechos de las Audiencias, y el único modo de sancionar a un medio de comunicación es que no publique su código de ética, no designe una persona defensora de audiencias o no establezca el sistema de quejas para el público.
“¿Quién los nombra? ¿El gobierno? No. ¿Se puede multar por algún contenido de lo que dice algún medio? No. ¿Se puede censurar? No.”
La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, destacó que los lineamientos no abordan sanciones sobre los contenidos; en cambio, el código de ética de cada empresa de radio y televisión habrá de estipular cómo garantizará que la información que presente sea veraz y no falsa, con el propósito de cumplir los derechos de las audiencias.
Puntualizó que la garantía del derecho a la información que mandatan ley y los lineamientos incluye distinguir entre publicidad y noticias, opinión e información, así como mencionar cuando se trate de un espacio comercializado o patrocinado.
“Eso está muy alejado de una intención de censura, de multar por pensar diferente; al contrario, protege el artículo sexto constitucional, que es darnos herramientas a todas y todos para tener información veraz y no la intención de engañar a las audiencias.”










