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Momento Diario | En el vértice de Puebla

¿La protección de los derechos de las audiencias?

redaccion by redaccion
agosto 14, 2026
in Columnas, El Constitucionalista | Miguel Ángel Tejeda Ortega
Falta de transparencia y de austeridad de la nueva Suprema Corte

                            La Presidenta Claudia Sheinbaum dio a conocer en una de sus mañaneras, que sometió a consulta a la opinión pública sobre diversos lineamientos que según ella van a proteger los derechos de las audiencias frente a la radio y televisión mexicana y otros medios digitales.

                            Comentó que estos medios de comunicación han abusado de la libertad de expresión en el ejercicio de su cometido de comunicadores y a manera de ejemplo dio a conocer una opinión del reconocido periodista Sergio Sarmiento, que en un programa de televisión señaló que la mayoría de los medios de comunicación mienten frente a la opinión pública. Este programa televisivo se transmitió hace más de veintiséis años.

                            Por supuesto que el periodista Sergio Sarmiento desmintió la versión dada por la Presidenta, dejando claro que fue sacada de contexto de un programa televisivo de hace más de dos décadas.

                            Los derechos de las audiencias que forman parte de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión promulgada en el año dos mil veinticinco son los siguientes: “Las audiencias tienen derecho a recibir contenidos plurales, que la publicidad no se disfrace de información, a ejercer el derecho de réplica, a contar con mecanismos de accesibilidad para personas con discapacidad, disponer de defensorías que atiendan sus quejas y que los radiodifusores tengan un Código de Ética.

                            La propuesta de lineamientos obliga a las empresas televisoras y radiodifusoras a nombrar a un defensor de los derechos de las audiencias, quien se encargará de recibir las quejas tanto del gobierno como de los particulares cuando se objete la veracidad de una información o comentario relacionado a esta.

                            La resolución que emita el defensor de las audiencias podrá ser combatido ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CTR) quien como órgano de gobierno será la instancia encargada de imponer sanciones o no a los medios de comunicación.

                            Hay que señalar que la CTR, surge después de la desaparición del IFETEL (Instituto Federal de Telecomunicaciones) que era un órgano autónomo e independiente del Estado y sin subordinación al gobierno.

                            Es de destacar dentro de los lineamientos propuestos por Sheinbaum el artículo 53 que dice textualmente: “La comisión supervisará que las personas defensoras, las concesionarias de televisión y/o audio de paga, así como los programadores den cumplimiento a los derechos de las audiencias y a las disposiciones previstas en los presentes lineamientos y en la Ley”.

                            Las sanciones que se imponen a quienes violenten estos lineamientos son de carácter económico y varían según su gravedad del 0.01 al 1% del ingreso total de la empresa sancionada.

                            Especialistas en materia de telecomunicaciones han formulado observaciones en el sentido de que se complica distinguir en un programa de televisión o de radio lo que es una opinión de una información y que en consecuencia este será el medio de coacción que tenga el gobierno para sancionar a dichas empresas, además de que estos lineamientos se convertirán en una Ley Mordaza en perjuicio de la libertad de expresión en México.

                            La Cámara Nacional de la industria, la radio y la televisión (CIRT) dieron a conocer que han formulado diversas observaciones al proyecto propuesto por el Ejecutivo Federal y que están seguros que serán aprobados en sus términos.

                            La consulta a los lineamientos generales de la protección de los derechos de las audiencias, se vence el día 21 de agosto del presente año y posteriormente se dará su aprobación por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.

                            De aprobarse la propuesta original sin observaciones, puede perjudicar a futuro a la población mexicana, ya que sus criterios podrán aplicarse a la prensa escrita y digital en nuestro país y entonces si se estará frente a una Ley Mordaza tal como aconteció en Cuba y Venezuela.

DOCTOR EN DERECHO

MIGUEL ÁNGEL TEJEDA ORTEGA.

Tags: audienciasderechosProtección
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