El Instituto Electoral del Estado dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en el Distrito Federal; en el expediente del Juicio de Revisión Constitucional Electoral identificado con la clave SDF-JRC-39/2013 promovido por la Coalición 5 de Mayo.
En dicha sentencia, la Sala Regional ordenó la calificación, individualización y sanción aplicable al ciudadano José Antonio Gali Fayad y al Partido Acción Nacional por la realización de actos anticipados de campaña durante el proceso electoral estatal ordinario 2012 -2013.
De esta manera, luego de valorar las circunstancias de tiempo, modo y lugar; así como los hechos, además de calificar e individualizar las conductas, el Consejo General del IEE resolvió imponer una amonestación pública tanto al ciudadano en cuestión como al instituto político.









