SIEMPRE QUE MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS COMETAN UN DELITO EN PERJUICIO DE UN CIVIL, SERÁ LA JURISDICCIÓN ORDINARIA CIVIL LA ENCARGADA DE JUZGARLO.
*ENRIQUE PEÑA NIETO DEBE REGRESAR AL EJERCITO A LOS CUÁRTELES, Y ADEMÁS EL DEBERÁ CREAR LA FIGURA DE UNA NUEVA POLICÍA NACIONAL
La Suprema Corte debe analizar 28 amparos y dos conflictos de competencias sobre el fuero militar foto CNN MEXICO-CUARTOSCURO.
*El máximo tribunal de México determinó que el juicio contra el coronel José Guadalupe Arias debe dirimirse ante un tribunal civil.
*Siempre que miembros de las fuerzas armadas cometan un delito en perjuicio de un civil, será la jurisdicción ordinaria civil la encargada de juzgarlo. Magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la nación. Arturo Zaldívar
Hace tres días publicamos:
«DISCUTE SCJN COMPETENCIA MILITAR EN DELITOS CONTRA CIVILES».
«La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició ayer lunes la discusión y el análisis de algunos casos mediante los que resolverá sobre la competencia de juzgados militares y civiles en delitos cometidos por integrantes de las fuerzas armadas.
El Pleno de la SCJN discutirá el conflicto competencial ente el Juzgado 5 de Distrito en el Estado de Morelos y el Juzgado 5 Militar, adscrito a la I Región Militar, que se rehusaron a conocer el caso de un civil torturado y asesinado en instalaciones militares.
En el proyecto, presentado por la ministra Olga Sánchez Cordero en el conflicto competencial 38/2012, se informó que el caso se refiere a una causa penal contra un militar, por su probable responsabilidad en el delito de violencia contra las personas, en calidad de encubridor de primera clase.
El 1 de mayo de 2011, la víctima, un civil, estaba en las instalaciones del 21 Batallón de Infantería ubicado en Cuernavaca, Morelos, donde presumiblemente fue torturado por dos tenientes de infantería, lo que le ocasionó la muerte.
Los dos tenientes informaron de los hechos al inculpado, un militar con grado de coronel de infantería y quien se encontraba en las instalaciones vestido de civil y presumiblemente franco, quien dio la orden de que se tirara el cuerpo de la víctima.
Esa conducta se calificó como encubrimiento, porque teniendo conocimiento de un hecho delictivo no lo denunció, sino que dispuso que tiraran el cadáver, conducta que realizó cuando presumiblemente se encontraba disfrutando de franquicia.
En este caso, el ministro presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, dio por concluida la sesión para que se recabaran mayores elementos del caso, ya que en un juzgado federal desde el 30 de abril otorgó la protección de la justicia federal al procesado y se tendría que conocer sobre la firmeza de esa resolución. Así que a partir de ayer los ministros Juan N. Silva Meza, Luis María Aguilar, José Fernando Franco González-Salas, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Guillermo Ignacio Ortiz Mayagoitia, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Olga María del Carmen Sánchez-Cordero Dávila, José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos, y Sergio Armando Valls Hernández, deberán dictaminar sobre este espinoso asunto, sin miedo y apegados a la justicia, resolución que podría marcar un serio e importante precedente en México». Hasta aquí nuestro comentario publicado el pasado martes.
Pues bien ayer la suprema corte de justicia de la nación decreto que con base en el artículo 13 de la Constitución, los delitos cometidos por militares en contra de civiles deben de ser resueltos en juzgados civiles y no en una corte militar.
Y en este escenario ayer la cadena CNN publico la siguiente nota periodística.
«CIUDAD DE MÉXICO (CNN México) — En el primero de 30 casos relacionados con los alcances del fuero militar, el juicio de un coronel que encubrió la tortura y el asesinato de un civil en el estado de Morelos será tratado por un juzgado civil, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Con una votación de ocho contra dos, los ministros decidieron que con base en el artículo 13 de la Constitución, los delitos cometidos por militares en contra de civiles deben de ser resueltos en juzgados civiles y no en una corte militar.
«Siempre que miembros de las fuerzas armadas cometan un delito en perjuicio de un civil, será la jurisdicción ordinario civil la encargada, y nunca la jurisdicción militar trátese del delito que se trate, aun cuando estemos en presencia de delitos propiamente militares», argumentó el ministro Arturo Zaldívar.
El caso contra el coronel José Guadalupe Arias Agredano fue enviado, con siete votos contra tres, a un juez federal de distrito, los encargados de juzgar a los servidores públicos en función, pese a que su defensa argumentaba que el encubrimiento se hizo cuando estaba de «franco», o sea, en un día libre.
En la resolución final del caso de Arias Agredano no se tomó en cuenta la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) respecto al caso Rosendo Radilla, en el que el órgano regional dictaba que cuando militares cometieran violaciones de derechos humanos contra no militares, se deben de juzgar en cortes civiles.
Rosendo Radilla fue un activista social que desapareció en Guerrero a manos de militares en 1974. Al no recibir respuesta por parte del Estado mexicano, sus familiares llevaron el caso a la CoIDH, que también ordenó la compensación de las víctimas y la búsqueda del activista.
El coronel José Guadalupe Arias Agredano está acusado de encubrir la muerte del joven Jehtro Ramsés Sánchez al ser torturado por dos militares, el 21 de mayo de 2011 en Cuernavaca, Morelos, por lo que se le había dictado una sentencia de un año en prisión.
Este caso originó un conflicto de competencias entre un juzgado federal y uno militar. Si bien las autoridades judiciales militares fueron las encargadas de dictar sentencia, aunque un día después se declaró incompetente y lo turnó a un juez federal, que también rechazó llevar el caso.
Arias Agredano está preso desde noviembre de 2011 en el estado de Morelos en espera de que se reinicie su juicio. Su defensa exige que sea juzgado bajo las leyes militares, ya que temen que el militar sea confinado a una cárcel junto con delincuentes que él se encargó de detener y asegura que su vida podría correr riesgo.
El juez de la corte militar lo sentenció únicamente por haber encubierto a otros militares, pero no se le involucra directamente en la tortura y asesinato de Jehtro Ramsés Sánchez.
Este es el primero de los 28 amparos y dos casos de conflictos de competencias relacionadas con el fuero militar que la SCJN analizará. Este paquete será discutido por los ministros con el fin de sentar jurisprudencia con los casos relacionados al fuero militar sobre delitos cometidos contra civiles, incluyendo aquellos relacionados con la violación de los derechos humanos.
De acuerdo con la ley, si el máximo tribunal otorga cinco amparos consecutivos bajo la misma causa, se sienta jurisprudencia, lo que obliga a los jueces a resolver en ese mismo sentido.
Si bien la mayoría de los integrantes del pleno de la SCJN estuvieron de acuerdo con juzgar al coronel Arias Agredano en una corte civil, los ministros Salvador Aguirre Anguiano y Margarita Luna Ramos votaron en contra del proyecto de resolución de la ministra Olga Sánchez Cordero. Tanto Aguirre como Luna insistieron en que el coronel debería de ser juzgado en una corte militar.
La SCJN continuará el próximo martes 14 de agosto con otro caso relacionado con un conflicto competencial entre el Juzgado Séptimo de Distrito en el estado de Michoacán y un juzgado militar, sobre un militar al que se le atribuye la comisión de un delito mientras estaba en funciones y en la que se señala la existencia de víctimas civiles».
Esta información fue publicada por la cadena CNN México. http://mexico.cnn.com/nacional/2012/08/09/por-primera-vez-un-militar-sera-juzgado-como-civil-en-mexico
El nuevo presidente deberá crear una gendarmería civil nacional, que no violente los derechos humanos y civiles de los mexicanos, y regresar al Honorable Ejercito Mexicano a los Cuarteles.
EL EJÉRCITO DEBE REGRESAR A LOS CUARTELES Y SE DEBER CREAR URGENTEMENTE UNA NUEVA GENDARMERÍA CIVIL NACIONAL.
Nuestra conclusión es que esta determinación deberá poner en claro los alcances del artículo 13 de la Constitución y los criterios poco claros e inclusive contradictorios sobre el fuero militar, y esta resolución va a crear una nueva jurisprudencia, mas clara, y esto pondrá de manifiesto sin dudas que las fuerzas armadas no deben tener funciones de seguridad publica o de policía.
En palabras sencillas, no se debe emplear al ejército en hacer tareas de seguridad. Punto.
Enrique Peña Nieto debe regresar al ejercito a los cuárteles, y además el deberá crear la figura de una nueva policía nacional, o gendarmería nacional, una instancia de policía civil para civiles, con actividad de inteligencia, investigación, persecución y prevención de los delitos, y lo mas importante con un mando central incorruptible.
Al tiempo.











