
El decreto que reforma la Constitución y crea la Guardia Nacional de México entró en vigor después de ser aprobado por el Congreso de la Unión el 28 de febrero.
El documento, que fue aprobado y avalado posteriormente por los 32 congresos estatales del país, aparece en el Diario Oficial de la Federación. El decreto reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de una decena de artículos de la Constitución para que el nuevo cuerpo armado pueda crearse.
Según el texto, la Federación contará con una institución policial civil denominada Guardia Nacional, que se constituirá con elementos de la Policía Federal, Militar y Naval, y adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional en la materia.
Estipula que la formación y el desempeño de los integrantes del nuevo instituto armado se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto y los derechos humanos.
Se establece un periodo de cinco años para que el Ejecutivo federal pueda disponer de las Fuerzas Armadas permanentes en tareas de seguridad pública, en tanto la nueva institución desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial.
Asimismo, se faculta al Congreso de la Unión para expedir la Ley de la Guardia Nacional dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, es decir, desde este miércoles; y las leyes Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y Nacional del Registro de Detenciones, dentro de los 90 días naturales siguientes.
Queda claro que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional y que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Reitera que la ley determinará la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional, que estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, la cual formulará la estrategia nacional de seguridad pública, los respectivos programas, políticas y acciones.









