
Luego de que hace unas semanas la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar el aborto en los estados de Coahuila y Sinaloa, el presidente del organismo, Arturo Zaldívar, recalcó este miércoles que la objeción de conciencia medica no debe limitar el derecho de las mujeres de interrumpir su embarazo.
En conferencia de prensa, el también presidente del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) explicó que si bien el de médicos y enfermeras preservan su derecho de negarse a participar en intervenciones de este tipo por creencias ideológicas o religiosas, las instrucciones de salud deben contar con personal no objetante que pueda realizarlas.
Indicó que la postura de la Corte es que el derecho de conciencia debe tener lineamientos para equilibrar las distintas garantías en juego, tanto de médicos y enfermeras como de las mujeres.
Incluso, dijo que el derecho de conciencia no puede ser válido por el personal de salud cuando se pone en riesgo la vida o se trata de una urgencia médica que implique que en caso de no intervenir de inmediato puedan haber daños físicos o psicológicos irreversibles en una persona.
Tampoco puede ser motivada con argumentos de discriminación o de odio.
Además, se refirió a la inconstitucionalidad de un precepto vigente en Coahuila que ofrecía una pena menor en el delito de violación si este se realizaba dentro de un matrimonio, pues se consideraba que un perpetrador de violación tenía prerrogativas y atenuantes si su víctima era su esposa.
El funcionario destacó que las sentencias proaborto son logros de las mujeres y no del Poder Judicial: “Se fortalece la vida de todas las mujeres del país. Este no es un logro de la Corte sino de las miles de mujeres que han luchado por años y de las chicas de la marea verde que han salido a exigir que se respeten sus derechos”, expreso.









