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Momento Diario | En el vértice de Puebla

Desecha SCJN controversias constitucionales contra matrimonios igualitarios

redaccion by redaccion
enero 24, 2012
in locales
SCJN desecharon las controversias constitucionales promovidas por los estados de Baja California y Jalisco
SCJN desecharon las controversias constitucionales promovidas por los estados de Baja California y Jalisco

Con siete votos a favor y cuatro en contra, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desecharon las controversias constitucionales promovidas por los estados de Baja California y Jalisco para invalidar la reforma al artículo 146 del Código Civil del DF que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, así como la del 391 que avala la adopción de menores por parte de estas parejas, entradas en vigor en diciembre de 2009 en la capital del país.

Durante la argumentación, varios ministros, encabezados por Sergio Valls Hernández, quien fungió como ministro ponente consideraron que la controversia está superada debido a que el mismo tribunal supremo avaló las reformas a las leyes capitalinas en agosto de 2010 tras discutir en el pleno la acción de inconstitucionalidad 2/2010 promovida por el entonces procurador general de la República, Arturo Chávez Chávez, en la cual impugnaba las mismas reformas y se determinó que era discriminatoria porque violaba el artículo 1 constitucional.

De esta manera, los ministros consideraron que el argumento presentado por el ministro Sergio Aguirre Anguiano, basado en la violación al artículo 121 constitucional, debido a que este garantiza que «las leyes de un Estado sólo tendrán efecto en su propio territorio y, por consiguiente, no podrán ser obligatorias fuera de él», ya fue debatido y desechado por la SCJN.

Al respecto, el ministro José Ramón Cossío Díaz, indicó que «una de las tareas de la Corte es dibujar el tamaño de los derechos de estas personas y muy en particular el derecho a no ser discriminada, sea por razón de sexo, o sea por razón de preferencias» por lo que advirtió, la necesidad de discutir a fondo el tema, pues «estamos dejando pasar como si (la preferencia sexual) fuera una categoría absolutamente ordinaria, normal de ciudadanos, cuando todas sabemos que no es así y que existen estos problemas de discriminación».

Cossío Díaz consideró que en el caso del gobierno de Jalisco, la promoción de la controversia constitucional muestra su negativa a reconocer lo ya determinado por la SCJN en la materia. Sin embargo, emitió su voto en contra del proyecto del ministro Valls Hernández por considerar que hace falta una discusión a fondo.

Así, los ministros determinaron que las reformas al Código Civil capitalino no afectan a otras entidades, y por el contrario, aseguraron, los matrimonios celebrados en el DF deben ser respetados en todo el país, lo cual no significa, que los estados deban modificar sus legislaciones.

De esta manera, votaron a favor de desechar las controversias constitucionales los ministros Sergio Valls Hernández, Guillermo Ortíz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero, Juan Silva Meza, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar Morales; votaron en contra Sergio Aguirre, Margarita Luna Ramos, José Ramón Cossío Díaz y Fernando Franco González Salas.

En comunicado de prensa, Lol Kin Castañeda, presidenta de la organización Diversidad en Movimiento, indicó que la resolución del tribunal supremo «dejó claro que el matrimonio civil es una cualidad que no se pierde por el lugar de residencia» por lo que los derechos de éstas pareja deben ser respetados y garantizados en cualquier estado de la República.

Al respecto, en el texto se expone que en materia de derecho a seguridad social por parte de las parejas del mismo sexo, el acceso es complicado, y hasta la fecha, sólo 12 parejas en todo el país han logrado registrarse ante instituciones de seguridad social mediante la figura del amparo jurídico, 20 más están en espera de un amparo y 50 han iniciado su trámite de afiliación.

Mientras tanto, el pasado jueves la segunda sala de la SCJN atrajo el caso de una sociedad de convivencia formada por dos hombres que desea afiliar a uno de los integrantes al Instituto Mexicano del Seguro Social y le fue negada la petición.

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