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Momento Diario | En el vértice de Puebla

La tortuosa extradición de Rocha Moya

redaccion by redaccion
mayo 7, 2026
in Columnas, El Constitucionalista | Miguel Ángel Tejeda Ortega
Falta de transparencia y de austeridad de la nueva Suprema Corte

Rocha Moya en problemas ¡cantaron los chapitos!

                   El miércoles 29 de abril, el departamento de justicia de los Estados Unidos de Norteamérica, presentó a la Cancillería mexicana nota diplomática, para iniciar el proceso de extradición de 10 funcionarios mexicanos y gente cercana al partido Morena, siendo estos los siguientes: Ruben Rocha Moya (Gobernador de Sinaloa); Enrique Inzunza Cázarez (Senador Morenista y ex secretario general de Sinaloa); Enrique Díaz Vega (Ex secretario de Administración y Finanzas del Gobierno de Sinaloa); Dámaso Castro Saavedra (Fiscal General del Estado de Sinaloa); Marco Antonio Almanza Aviles (ex jefe de la policía de investigación del Estado de Sinaloa); Alberto Jorge Contreras Núñez alias Cholo (Ex jefe de la policía de investigación de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa); Gerardo Merida Sánchez (ex secretario de seguridad pública de Sinaloa); José Antonio Dionisio Hipólito, conocido como “tornado” (policía estatal de Sinaloa); Juan de Dios Gámez (Alcalde de la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa), Juan Valenzuela Millan, conocido como “Juanito” (ex comandante de alto nivel de la policía municipal de Culiacán Sinaloa).

                   Entre los delitos que se les imputan a estos personajes y en específico al Gobernador Rubén Rocha Moya, se encuentran la conspiración para el tráfico de estupefacientes en los Estados Unidos de Norteamérica, la posesión de armas de fuego y de uso exclusivo del ejército, y el enriquecimiento ilícito en base al narcotráfico.

                   Al conocerse la noticia en México, altos personajes de la política, incluyéndose la Presidenta Claudia Sheinbaum señalaron a los medios de comunicación que el gobierno norteamericano no tiene pruebas suficientes para extraditar al Gobernador de Sinaloa y 9 personas más implicadas en la denuncia presentada por el gobierno norteamericano.

                   El procedimiento de extradición entre México y Estados Unidos está regulado por el tratado celebrado por ambas naciones en el año de 1978 el cual fue ratificado por el Senado de la República en México el día 26 de febrero del año 1980.

                   Si se analiza este tratado internacional, encontramos que en una primera fase no es necesario aportar pruebas fundamentales para demostrar la culpabilidad de las personas que se requiere su extradición, sino pasados 60 días el Estado requirente las podrá acompañar en una nueva petición.

                   Este tratado señala que, con la sola petición de extradición, el Estado requirente tiene la obligación de detener provisionalmente a las personas sujetas a este procedimiento (lo que no se ha llevado a cabo) y remitirá la solicitud a la Fiscalía General de la República para su análisis y posteriormente a un Juez de Distrito quien emitirá opinión si es procedente o no la extradición y la detención de los presuntos responsables.

                   El fundamento constitucional del convenio de extradición se encuentra previsto en el artículo 119 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Las extradiciones o requerimientos de Estado extranjero serán tramitadas por el Ejecutivo Federal, con la intervención de la autoridad judicial en los términos de esta Constitución, los tratados internacionales que al respecto se suscriban y las leyes reglamentarias. En esos casos, el auto del Juez que mande cumplir la requisitoria será bastante para motivar la detención hasta por 60 días naturales”.

                   Pues bien, el procedimiento de extradición contra el Gobernador Ruben Rocha Moya, apenas empieza y su camino es tortuoso, ya que las autoridades mexicanas podrán negar la entrega de este personaje a las autoridades norteamericanas, esto se verá con el tiempo; de todas formas, se dio a conocer el sábado pasado que el Titular del Poder Ejecutivo ya había pedido licencia por un tiempo determinado, sin renunciar al mismo, ya que el cargo es irrenunciable.

                   Ahora surge la pregunta Ruben Rocha Moya aun con licencia goza de fuero constitucional, así como el Senador de Sinaloa Inzunza, la contestación ya la dio a conocer el Coordinador de Asesores de la Presidencia y Ministro en retiro Arturo Zaldivar de que el gobernador con Licencia ya no goza de fuero constitucional, razón por lo cual puede ser aprendido en cualquier momento, no así del Senador Inzunza quien todavía goza de fuero constitucional.

                   Que implicaciones jurídicas y económicas tendrá el que no sean entregados a las autoridades norteamericanas los diez funcionarios de gobierno de Sinaloa que son requeridos; las implicaciones inmediatas serán de orden económico con la no aprobación del tratado de libre comercio (T-MEC), lo que provocaría una grave crisis económica en nuestro país.

                   Por otra parte, en materia jurídica según señalan expertos van a seguir las solicitudes de extradición de funcionarios mexicanos implicados en el crimen organizado y ya se habla de cuatro gobernadores más en funciones (Baja California. Tamaulipas, Michoacán y Guerrero).

                   ¡La toma de decisiones está realmente en manos del actual Presidente Norteamericano Donald Trump!!!

Doctor en Derecho

MIGUEL ÁNGEL TEJEDA ORTEGA.

Tags: extradiciónRochatortuosa
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