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Momento Diario | En el vértice de Puebla

Cruzada informativa de la STPS sobre pago de utilidades con la CTM

redaccion by redaccion
mayo 24, 2014
in Destacado, locales, últimas noticias

ctm stps 2014

Al ser la participación de utilidades, un derecho de los trabajadores establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los empresarios deberán cumplir en tiempo y en forma con este pago en los términos establecidos remarcó la Delegada Federal del Trabajo, Vanessa Barahona ante secretarios de diversos sindicatos afiliados a la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
A petición del líder cetemista Leobardo Soto Martínez, la funcionaria federal acudió a las instalaciones de esta central para iniciar una cruzada informativa sobre este pago de utilidades en el marco de la cultura laboral del Gobierno de la República encabezado por el Presidente Enrique Peña Nieto.
Barahona de la Rosa especificó que el reparto de utilidades «se calcula con base a los salarios percibidos y los días trabajados, se debe recibir a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio».
Por ello informó que las indicaciones del secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida fueron que el operativo se dividiera en dos etapas «la primera –del 14 al 21 de mayo- consistente en dar orientación y asesoría para invitar a las empresas a realizar el reparto y la segundo que iniciará el próximo 1 de junio y culminará el 31 de agosto exclusivamente para vigilar e inspeccionar que el pago se haya realizado».
Cabe resaltar que hay exenciones en la repartición de las utilidades en los siguientes casos:
a) Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento
b) Las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento
c) Las empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración
d) Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia.
e) El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Finalmente, Barahona de la Rosa consideró importante tomar en cuenta que los trabajadores excluidos del reparto de utilidades son los que están en el rango de Directores, administradores y gerentes generales, los trabajadores domésticos, las personas físicas propietarias o copropietarias de una negociación, los profesionales, técnicos, artesanos y otros que prestan en forma independiente servicios a una empresa cuando no exista una relación de trabajo subordinada además de los trabajadores eventuales cuando hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.

Tags: Alfonso Navarrete PridaConfederación de Trabajadores de MéxicoEnrique Peña NietoEstados UnidosGobierno de la RepúblicaLeobardo Soto MartínezVanessa Barahona
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