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Momento Diario | En el vértice de Puebla

Se doblega la Suprema Corte de Justicia de la Nación

redaccion by redaccion
mayo 4, 2024
in Columnas, El Constitucionalista | Miguel Ángel Tejeda Ortega

DECLARA LA VALIDEZ DE LA LEY DE HIDROCARBUROS.

En sesión de Pleno del día 29 de Abril, nuestro más alto Tribunal de la Nación, por unanimidad de votos (9 Ministros), declaró la validez constitucional de la Ley de Hidrocarburos, razón por la cual esta seguirá vigente en nuestro país.

Fue en el año 2021, cuando el Congreso de la Unión y el Presidente de la República (AMLO) aprobaron y promulgó una Ley de Hidrocarburos, que fue considerada inconstitucional por el 33% de los Senadores de nuestro país, quienes interpusieron la correspondiente acción de inconstitucionalidad.

La Ley en cuestión, contempla las figuras de revocación de concesiones a particulares, otorgadas por el Gobierno Federal, suspensión de trabajos de las concesionarias, cuando estas no cumplan con las reglas y lineamientos que fije la Secretaría de Energía Federal, quien fue encabezada por la Señora Rocío Nahle, actual candidata a la Gubernatura del Estado de Veracruz.

También a las empresas privadas, se les fijó un límite o capacidad de almacenamiento de hidrocarburos, para su operancia, pues en caso contrario procede la revocación de su concesión o la suspensión de sus actividades, por parte de la CRE (Comisión Reguladora de Energía).

La ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayan, presentó proyecto de sentencia, declarando infundados los conceptos de violación desarrollados por el Senado de la República, determinando que las figuras de revocación y suspensión de actividades a empresas privadas, por parte de la CRE, no violenta derechos humanos de las mismas y que estos procedimientos administrativos, se encuentran apegados a la Constitución y no son expropiatorias.

Dos Ministros, estuvieron inconformes con el proyecto de sentencia, entre ellos Laynez Potisek, quien estimó que dicha Ley si tiene vicios de inconstitucionalidad; en tanto que la Ministra Norma Lucia Piña, se pronuncio en el sentido de decretar el sobreseimiento de la acción, tomando en cuenta que la demanda presentada ante la Corte, no tenía las firmas autógrafas de quienes la promovieron.

A final de cuentas, nueve Ministros de la Corte, apoyaron declarar la validez de las normas impugnadas; en tanto que dos Ministros no comparecieron al Pleno (Margarita Ríos Farjat y Luís María Aguilar).

La ley validada por la Corte, afecta negativamente el proceso de competencia y libre concurrencia, que consagra el artículo 28 Constitucional, lo que podría resultar en una disminución de bienes y servicios en materia de hidrocarburos, petrolíferas y petroquímicas.

Este fallo de la Corte, demuestra que ya se empieza a sentir en el Poder Judicial de la Federación, las presiones emanadas por el Ejecutivo Federal y que en consecuencia, a futuro las sentencias pronunciadas no serán autónomas e imparciales, lo que afectará gravemente a la impartición de la justicia en México.

M.D. MIGUEL ÁNGEL TEJEDA ORTEGA.

Tags: CortedoblegajusticianaciónSuprema
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